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Detienen a 3 en SAMAO por robo a gasolinera

Redacción/El Sol de Nayarit

Miércoles, 18 de Septiembre del 2024. 9:33:26 pm

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La Fiscalía General del estado de Nayarit a través de la Agencia de Investigación Criminal ejecutó una orden de aprehensión en la ciudad de Tepic contra Juan Daniel ?N?, Juan Mizrain N, y Miriam Guadalupe ?N?.

Lo anterior, por su presunta participación en hechos que según valoración de la ley configuran el delito de robo calificado, cometido en agravio de una gasolinera.

Los inculpados quedaron a disposición del Juez de Control de Primera Instancia del Sistema Acusatorio y Oral, con sede en la capital nayarita, para solventar los trámites por ley establecidos con objeto de definir su situación jurídica.

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Comentarios

MELA PELAEZ

2024-09-19 03:26:35

POR FAVOR MAS FOTOGRAFIAS DE ESTE FINA Y BELLA MUJER,.

LA VERDAD

2024-09-19 04:51:32

TENGAN CUIDADO CON LAS MENTIRAS Del asquerosa sabandija VULGAR TRAIDOR A LA PATRIA INMORAL opositor HUEVÓN Y REEMBUSTERO, ESTA ES LA VERDAD SIBRE LA PORTACIÓN DE ARMÁS DE FUEGO



Miguel angel Luna.mx 18 septiembre, 2024

La propuesta de Reforma a la Ley Federal de armas de fuego y explosivos«, indica el proyecto.

Se argumenta que, debido a los avances tecnológicos en el armamento, municiones, explosivos, y sustancias químicas relacionadas, «resulta necesario establecer sanciones para diversas faltas administrativas y delitos que dañan a la sociedad y que no están previstos en ningún ordenamiento legal».

Por lo anterior, la reforma busca establecer que, entre otros cambios, al momento de registrar un arma, se designe a la persona que asuma la responsabilidad en caso de fallecimiento del titular o ausencia declarada, «con el propósito de que se realice dentro del término de 30 días los trámites correspondientes para el destino final de dichas armas».

Regula los calibres .357, .22 Magnum, Hornet y TCM, «debido a que por sus características balísticas poseen mayor capacidad de alcance y velocidad que desarrollan al momento del disparo y cuyos efectos producen mayor daño en los cuerpos impactados».

Argumenta que «como una acción de inclusión», se establece la certeza jurídica para la aportación de armas de fuego permitidas para las personas ejidatarias, comuneras, sucesoras, pequeños propietarios, avecindados y jornaleros de campo, así como pueblos y comunidades indígenas «con el fin de facultarlos y garantizar la aportación fuera de zonas urbanas para la protección de sus bienes jurídicos, y evitar que sean consignados por las autoridades de los tres órdenes de gobierno por la portación de armas de fuego».

Para la verdad

2024-09-19 04:55:29

Como mamas la reata HDTPM ya deja de meterte cristal y ve por tus criquetaw

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